lunes, 1 de diciembre de 2008

RECOMENDACIONES AL VIAJAR POR VÍA AÉREA



A la salida del aeropuerto utilice los taxis autorizados e identificados con la calcomania "Aeropuerto" ubicada en el parabrisas interior del vehículo.

No descuide sus pertenencias, utilice los equipajeros carnetizados y uniformados.

Conserve sus documentos de viaje en un lugar seguro.

El cambio de monedas debe hacerlo en bancos, corporaciones o casas de cambio autorizadas.

Si requiere información de interés, acérquese al stand de información del aeropuerto o al stand de la Policía Aeroportuaria.

Estaciones su vehículo en el parqueadero del aeropuerto o en las zonas autorizadas, asegurese de que los seguros quedan activados en todas las puertas.

No compre tiquetes ofrecidos por particulares, dirijase a los counters de las aerolineas o a las agencias de viajes autorizados.


REQUISITOS EXIGIDOS POR EL DAS PARA LA SALIDA DE MENORES DEL PAIS

Si viaja con los padres debe presentar el folio del registro civil de nacimiento.

Si viaja sin los padres, folio del registro civil de nacimiento y permiso de los padres firmado y autenticado en notaria en Colombia, consulado o mediante apostille (si esta en el exterior).

Si viaja con uno de los padres, folio del registro civil de nacimiento y permiso del padre que no viaja autenticado en notaria en Colombia o consulado si esta en el exterior.

Si uno de los padres ha fallecido, folio del registro de defunción autenticado por notaria en Colombia con los sellos originales.

Si es adoptado, fotocopia autenticada de la sentencia de adopción y folio del registro civil de nacimiento con los nuevos apellidos del menor.

Si son menores extranjeros residentes en Colombia, o titulares de visa temporal y viajan solos, autorización de los padres en iguales condiciones que los menores colombianos.

Para los casos de patria potestad, paradero desconocido de uno de los padres, proceso de separación en curso, hijo extramatrimonial no reconocido, el DAS exige la presentación de documentos adicionales según el caso.

Todo pasajero debe presentar pasaporte vigente y cédula de ciudadanía.


INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO (ICA)

Traer animales o plantas en su equipaje o en la mano sin el cumplimiento de los requisitos sanitarios correspondientes, está prohibido.

Entre los productos sujetos a esta restricción se hallan: las frutas, verduras, flores, carnes, viceras y partes de animales de abasto público, biológicos, plantas y la tierra en que éstas puedan plantarse y subproductos de origen animal o vegetal.

Su introducción al territorio colombiano está restringida y la no declaración de los mismos se considera infracción a la Ley.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) establece regulaciones sobre el ingreso de mercancias.

Usted tiene derecho a introducir a Colombia, además de sus elementos personales, mercancias bajo las siguientes condiciones:

LIBRE DE IMPUESTOS

Hasta por US$ 1.500 dólares, los viajeros que ingresan al país tendrán derecho a traer equipaje acompañado sin registro de licencia de importación por el valor antes mencionado. Igualmente seis unidades de la misma clase en bienes reservados a uso personal o familiar y que por su naturaleza no reflejan intención de carácter comercial.

CON PAGO DE IMPUESTO

Los viajeros que ingresan al país y acreditan una permanencia mínima de cinco días en el exterior, tendrán derecho como equipaje acompañado o no acompañado sin registro de licencia de importación y con el pago de impuesto del 15% hasta por un valor de US$ 2.500 dólares, hasta tres unidades de cada uno de los siguientes bienes: artículos de uso doméstico, sean o no eléctricos, artículos deportivos y propios del arte u oficio del viajero por una vez al año.

Los viajeros que se acojan a este derecho tendrán el beneficio de US$ 1.500 dólares sin pago de impuestos.

ARTÍCULOS NO PERMITIDOS

Vehículos y material de vías ferreas, automóviles, aeronaves, aerodinos, globos y barcos.

EXCEPCIONES

Bicicletas, velocípedos, sillones de rueda y demás vehículos para inválidos, coches y similares para el transporte de niños.


VUELOS INTERNACIONALES

Recibir los servicios por él contratados en los terminos ofrecidos y pactados en virtud de las regulaciones para el transporte aéreo regular de pasajeros contenida en la parte tercera del Manual de Reglamentos Aeronáuticos de Colombia.

PROCESOS EN VUELOS INTERNACIONALES - SALIDA DEL PAÍS

Preséntese a los mostradores (counters) de la aerolínea tres horas antes de la salida del vuelo.

Porte la documentación requerida para su viaje (tiquete, pasaporte, documentos de identificación, certificado de vacunación), cuando sea requerido según el destino del viaje.

Cancele el impuesto de salida del país (Timbre Nacional) y la Tasa por el uso de la infraestructura aeroportuaria.

Lleve su equipaje consigo el cual puede ser revisado por la aerolínea o autoridad competente.

Declare si lleva consigo más de US$ 10.000 dólares americanos o su equivalente en divisas por igual o mayor valor.

Dirijase al filtro de control migratorio (DAS) ubicado en el muelle internacional.

Pase por los filtros de control y seguridad requeridos previo a su embarque.

PROCESOS EN VUELOS INTERNACIONALES - LLEGADA AL PAÍS

Diligencie las declaraciones de aduanas y control agropecuario.

Dirijase al filtro de control inmigratorio (DAS).

Proceda a recoger su equipaje en las bandas dispuestas para el efecto.

Busca el sendero de control aduanero, use el semáforo.

Utilice los servicios de transporte público autorizados, adscritos al aeropuerto.


VUELOS NACIONALES

PROCESO EN VUELOS NACIONALES - A LA SALIDA

Presentesé en los mostradores (counters) de la aerolínea una hora antes de la salida del vuelo.

Pase por los filtros de control y seguridad requeridos previo a su embarque.

Diríjase a la salida de embarque relacionada en el pasabordo.

PROCESO EN VUELOS NACIONALES - A LA LLEGADA

Diríjase a la zona de entrega de equipajes en las bandas dispuestas para el efecto.

Utilice los servicios de transporte público autorizados, adscritos al aeropuerto.